14 enero 2026

SOBRE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA DE AAMM CON COEFICIENTES REDUCTORES (CR)

 

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SOBRE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA DE AAMM CON COEFICIENTES REDUCTORES (CR):

- El certificado de empresa de servicios prestados como Agente Forestal y Medioambiental que exige la SS para iniciar el trámite de jubilación anticipada con CR debe ser cumplimentado por la Administración para la que trabaje el/la AAFFMM, pero el modelo que pone la SS a disposición en la web no es exclusivo, es decir, se puede presentar ése o el que emita la Administración correspondiente (siempre que contemple todo lo que exige la SS).

- El modelo de la SS está disponible en la siguiente dirección web:

https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/819c2b95-813d-40c5-9a94-986874d30cd6/C-248_Castellano_1.pdf?MOD=AJPERES

- La GVA ha emitido un certificado propio para los/las AAMM solicitantes de la Comunitat Valenciana que cumple con lo exigido por la SS y es válido a todos los efectos. En este certificado figura como "fecha a efectos" la que el/la AAMM ha decidido que sea el inicio de su jubilación.

- Este certificado de empresa, de servicios prestados como AAMM, junto con el DNI y el libro de familia (para bonificaciones por hijos fundamentalmente), se han de adjuntar a la solicitud de jubilación, que hay que tramitar en cualquier oficina de la SS in situ el día que se tenga cita.

- El plazo para solicitar la jubilación es desde 3 meses antes hasta 3 meses después de la fecha de jubilación que se solicita, y la recomendación es solicitarla con 3 meses de antelación porque la SS puede tardar hasta 90 días en resolver.

- Lo habitual es comunicar la decisión de jubilarse y su fecha a la Administración correspondiente con plazo suficiente, para que vaya cumplimentando el certificado de empresa de servicios prestados como Agente Forestal y Medioambiental con fecha de inicio de jubilación, y al mismo tiempo solicitar cita previa en la SS para que llegado el día, se tenga toda la documentación que hay que presentar.

- Si se cumplen los requisitos, la persona trabajadora estará jubilada el día que ha solicitado, y la SS confirmará esta situación siempre por correo postal certificado.

- Toda la información general y del procedimiento de la solicitud de jubilación está en la web de la SS https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/45370 .

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