25 octubre 2024
UGT - RESUMEN INFORMATIVO DE LA REUNIÓN DE LA JUNTA DE PERSONAL LABORA (24OCT2024)
29 julio 2024
Texto de la autorización de la DGFP referente a: Interinos/as: Prolongación Nombramiento por OPE20/21 Pendiente.
Texto de la autorización de la DGFP referente a: Interinos/as: Prolongación Nombramiento por OPE20/21 Pendiente.
Texto de la autorización de la DGFP
"Excepcionalmente, el personal funcionario interino podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha de nombramiento del personal funcionario interino y sea resuelta en los plazos establecidos en el artículo 55 de la Ley. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que su cese de lugar a la compensación económica"
Mediante el Decreto 69/22, de 27 de mayo, del Consell, se adaptaron las ofertas de empleo público de 2020 y 2021 para el personal de la Administración de la Generalitat, aprobadas y pendientes de convocatoria, en ejecución de la Ley 20/21, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En los Anexos I, II, y III se detallan los cuerpos o escalas y el número de puestos incluidos en cada uno de los citados Anexos, hasta alcanzar un número total de 3827 puestos.
La Circular 7/24 de la Dirección General de Función Pública por la que se adoptan medidas relacionadas con los procesos de estabilización previstos en el Decreto 69/22, de 27 de mayo, del Consell, en su letra A) in fine, relativa a "criterios para la determinación de los puestos de trabajo que deben ser ofertados en los procesos selectivos del Decreto 69/22", establece como segundo criterio los puestos ocupados por personal interino nombrado a partir del 8 de julio de 2021.
Comprobado que, de conformidad con lo establecido en la normativa referida, se cumplen los requisitos necesarios, se autoriza la permanencia del personal interino en los puestos que abajo se relacionan, en tanto se resuelve la convocatoria de las pruebas selectivas del cuerpo/escala/apf/apt incluido en los Anexos I, II, III del Decreto 69/22, de 27 de mayo.
Todo ello, sin perjuicio de que la relación de interinidad finalice con anterioridad por cualquiera de las causas de cese legalmente establecidas en el artículo 18.8 de la Ley 4/21 de 16 de abril.
30 diciembre 2021
Impugnación exámenes tipo test
En esta entrada os ofrecemos información y el modelo para impugnar los cuestionarios y planillas de los exámenes tipo test que se realicen en Función Pública, siguiendo el Protocolo que se ha publicado en la propia GVA.
OPEs: PROTOCOLO EN TIPO TEST
Según el protocolo de realización de exámenes, los aspirantes podrán realizar alegaciones, que deberán ser tenidas en cuenta por los OTS para elaborar la planilla definitiva.
Enlace al protocolo (está explicado en el apartado 7, “Medidas para fomentar la transparencia”).
Tras un ejercicio tipo test, los “plazos” son los siguientes:
1º) El OTS (órgano técnico de selección; “tribunales”) publicará el cuestionario y planilla provisional dentro de los dos días hábiles siguientes; por lo que los ejercicios hechos el sábado deben publicarse el martes siguiente, como regla general (a veces se retrasa uno o dos días más)
2º) Tras la publicación del cuestionario y planilla provisional, los aspirantes pueden efectuar alegaciones al mismo; no hay plazo para ello, sino únicamente que sean anteriores a la publicación de las notas y la planilla definitiva.
3º) El OTS publicará las notas del ejercicio y la planilla definitiva; en el acuerdo que elabore, se suele detallar si se han anulado preguntas (o modificado la respuesta válida) y porqué.
4º) Tras la publicación de notas y planillas definitiva, los aspirantes aun podrán, si es su interés, interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde tal publicación.
Tengamos en cuenta que no es un requisito haber presentado alegaciones (paso 2º) para interponer el recurso.
Es válido tanto impugnar y no recurrir después, como recurrir sin haber impugnado antes.
MODELO ALEGACIONES PLANILLA PROVISIONAL
En UGT disponemos de un sencillo modelo para elaborar y presentar estas alegaciones, que puedes solicitar a la delegada o delegado sindical de tu centro de trabajo, o comentarnos directamente en nuestro servicio de información por whatsapp (lista de difusión).
Las alegaciones pueden consistir en diversos motivos, que tendrá que valorar el OTS y decidir en consecuencia: enunciados erróneos, que ninguna respuesta es correcta, que más de una respuesta es correcta, preguntar algo que estaba fuera del temario, haber dado por válida una respuesta cuando en realidad es otra, etc.
¿Cómo presentar las alegaciones a la planilla provisional?
Lo más recomendable es utilizar el trámite electrónico genérico de la Conselleria competente en Función Pública (conocido como “trámite Z”) que te enlazamos:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18496&version=amp
En este trámite has de dirigirte, en el “Formulario de Datos Generales”:
*Órgano: Conselleria de Justicia y AP (te lo marca la web)
* Servicios Centrales (Dirección General)
* Materia: “DG de Función Pública – Selección – Num. Convocatoria”
UGT - RESUMEN INFORMATIVO DE LA REUNIÓN DE LA JUNTA DE PERSONAL LABORA (24OCT2024)
UGT - RESUMEN INFORMATIVO DE LA REUNIÓN DE LA JUNTA DE PERSONAL LABORA (24-10-2024) En la reunión se han tratado los siguientes temas: -Esc...
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