Te adjuntamos una mini-galeria fotográfica de las concentraciones del 26 de abril y 3 de mayo en defensa de la DIGNIDAD PROFESIONAL de las educadores y educadores de especial e infantil, con la participación de delegadas y delegados de UGT Serveis Públics en apoyo al colectivo y sus reivindicaciones, en Castellón, Valencia y Alicante.
04 mayo 2023
03 mayo 2023
1º Maig 2023
Desde UGT Serveis Públics GVA compartimos algunas imágenes de nuestros delegados de Valencia, Castellón y Alicante en las manifestaciones del Primero de Mayo de este 2023, con el lema
+ DRETS, + IGUALTAT, + SERVEIS PÚBLICS
14 febrero 2023
Bolsas GVA: reunión extraordinaria
El jueves 2 de febrero se celebró una reunión extraordinaria de la Comisión de Bolsas de Empleo Temporal, donde se han debatido varias cuestiones que posteriormente se negociarán en el ámbito de la Mesa Sectorial de Función Pública. Te informamos en este mensaje sobre las cuestiones tratadas en la reunión.
Garantía de permanencia en bolsas
La GVA ratifica que se cumplirá con esta garantía -compromiso de la Administración con UGT en la Mesa General-, y que las bolsas derivadas de procesos selectivos de estabilización funcionarán tal y como están funcionando en el momento actual.
Es decir, en las bolsas podrán integrarse tanto las personas que aprueben algún ejercicio del proceso selectivo, como el personal interino o en mejora de empleo que (a) haya participado en el proceso -aunque no haya aprobado- y (b) haya prestado servicios en dicho cuerpo/escala/APF/APT en algún momento de su vida laboral.
Esta garantía afecta a los procesos de estabilización, que son aquellas convocatorias de las OPEs 2017-18-19 bajo tales criterios, y todas las convocatorias de concurso-oposición de la OPE de Temporalidad.
Cuerpos/escalas de la Ley 2010 que se unen en un solo cuerpo en la Ley 2021
Tras la nueva Ley 4/2021 y la RPT que se publicó en diciembre’22, las nuevas convocatorias de bolsa ya se producirán con la nueva nomenclatura de cuerpos/escalas.
Ello supone, por ejemplo, que desaparece la distinción entre las escalas C2-01-01 auxiliar de gestión y C2-01-01 auxiliar de servicios, que ahora son la misma categoría.
A pesar de que ambas escalas tuvieron su propia convocatoria en la OPE18 (en concreto, la 69/18 y 73/18), se va a convocar una única bolsa para ambas, donde podrán integrarse las personas de una y otra escala.
Esta situación afectará a otros cuerpos/escalas que también se unen con la nueva Ley 4/2021.
Unión de bolsas de varios procesos selectivos
Para facilitar la gestión de las bolsas, es posible que se unan bolsas de varios procesos para constituir una única bolsa -una cuestión que desde UGT ya planteamos en mesas técnicas con anterioridad-.
En principio, se está valorando que aquellas bolsas cuya convocatoria coincidiera cronológicamente en el tiempo, puedan unirse; ello supondría que algunas bolsas que se deriven de los procesos selectivos de las OPEs 2017-18-19 y de la OPE 2022 se unirían.
Desde UGT también hemos planteado que se valore la “unión” de las bolsas que se pudieran derivar de la OPE de Temporalidad (concurso-oposición) con la de la OPE 2023, ya que por los plazos previstos, los procesos finalizarán casi simultáneamente.
APT Fondos Europeos
La Administración acepta la propuesta de UGT para utilizar la bolsa de la APT Fondos Europeos en próximos llamamientos de AUT o DC de A1-01 General.
La prioridad de las bolsas en llamamientos para A1-01 quedaría como sigue:
1º Bolsas derivadas de procesos selectivos
2º Listados de aprobados de procesos selectivos (el de la OPE18, y cuando se publique como listado, el de la OPE 22)
3º Para puestos con requisito de ciencias jurídicas: bolsa A1 Derecho
3º Para puestos sin requisito jurídico: la bolsa de APT Fondos Europeos
Respecto a los puestos que estén clasificados directamente como APT-A1-01-03, la prioridad -como no puede ser de otra forma- será de la bolsa de APT Fondos Europeos.
Garantía de 2 años tras la Ley: haber aprobado en las 2 últimas OPEs
En la Ley 4/2021 se indica, como garantía adicional, que en las bolsas convocadas en los dos años tras su entrada en vigor, podrán integrarse quienes hayan aprobado algún ejercicio del proceso selectivo del que deriva la bolsa, o del proceso selectivo inmediatamente anterior.
Si bien esto no afecta tanto a los procesos de estabilización (que tienen la garantía de permanencia en bolsas que comentamos anteriormente), sí afecta a los procesos de la OPE 2017-18-19 convocados por criterios ordinarios.
La GVA ha tomado nota para que, en la medida de lo posible, se convoquen cuanto antes estas bolsas, dentro del plazo de dos años -que se cumple el 20 de mayo de este año.
Orden cronológico bolsas
A pregunta de UGT, la Administración responde que la prioridad entre unas y otras dependerá de la fecha de convocatoria de la bolsa, que a su vez depende de cuándo haya finalizado el proceso selectivo.
Ello supone que si la OPE 22 finaliza antes que la OPE de Temporalidad -como parece que ocurrirá-, aunque la OPE de Temporalidad sea la “2020-21”, su bolsa se convocará después y será prioritaria.
Penalizaciones
La Administración va a proponer un endurecimiento de las penalizaciones para las personas que, una vez les ha sido adjudicado un puesto en un AUT/DC, no se incorporen al mismo.
Esta penalización actualmente es de 3 meses la primera vez, 6 meses la segunda y 1 año a partir de la tercera; la GVA realizará una propuesta sobre ello que se debatirá en la Mesa Técnica y Mesa Sectorial (ya que supone una modificación de la Orden de Bolsas).
Funcionamiento bolsas de empleo temporal
Al prever, con la convocatoria de varias bolsas “unidas” y con garantía de permanencia para el personal interino/cesado, que hayan muchas solicitudes de incorporación en las mismas, la GVA indica que se baremará por tramos (como ha sucedido en otras bolsas que son especialmente numerosas).
También se valorará, para determinadas bolsas y según sea oportuno por su naturaleza, la posible comarcalización de algunas bolsas.
Nueva aplicación en marzo
La Administración prevé disponer de una nueva aplicación para la gestión de bolsas en marzo; de forma que las solicitudes de inscripción, adjuntar documentos, cambiar de situación (pasar a disponible o no disponible voluntario, etc); con esta aplicación se podrá trabajar mucho más rápido y las activaciones en bolsa podrían ser casi inmediatas.
Esta aplicación sustituiría a las comunicaciones al Servicio de Bolsas que ahora se realizan por trámite Z; respecto a la tramitación y gestión de los llamamientos de AUTs y DCs, seguirán realizándose a través de la aplicación GVBORSES que ya conocemos.
Mejora de empleo
Junto a todo lo anterior, desde UGT también hemos planteado que es absolutamente necesario realizar otra (o varias) reuniones monográficas sobre mejora de empleo, y disponer de una orden y/o instrucciones que regulen todo lo relacionado con las personas en mejora de empleo.
No ha sido objeto de la presente reunión, pero sí coincidimos -Administración y sindicatos- en esta necesidad. Desde UGT plantearemos la problemática, propuestas y soluciones para garantizar los derechos de la mejora de empleo en la GVA.
26 septiembre 2022
Innovación Selección: Proyecto piloto A1-01 y A1-06 en OPE 2022
La Generalitat ha organizado unas Jornadas sobre ”Un nuevo modelo de selección en la función pública: desafíos e innovaciones” los días 20 y 21 de septiembre, en las que se ha debatido sobre la problemática de la selección en las Administraciones Públicas.
Desde UGT Serveis Públics agradecemos a la GVA la organización de estas Jornadas, y próximamente te detallaremos las ideas clave expresadas por cada uno de los ponentes, además de enlazarte la información que la propia Administración haga pública sobre ellas.
En una de las ponencias, se ha detallado el programa piloto que llevará a cabo la DG de Función Pública, y que por su interés práctico, te adelantamos en este mensaje.
❗ OPE 2022 Programa Piloto
Aplicando algunas de las ideas del Informe para la innovación que se elaboró desde la GVA, este programa se pondrá en marcha en la OPE 2022 (cuyo Decreto se publicó en el DOGV de 31 de marzo), y afectará a dos de las convocatorias, en Cuerpos “estratégicos” de la Administración:
• A1-01, Técnico Superior de Administración General, turno libre: 80 plazas
• A1-06, Ingeniería Informática, turno libre: 70 plazas
↗️ Duración y plazos
Cumpliendo la normativa, las bases de las convocatorias se publicarán en octubre (las del programa piloto y todas las demás de la OPE 2022), y a partir de ahí la previsión sería la siguiente, con el objetivo de
• Octubre’22: convocatoria e inicio plazo solicitudes
• Enero’23: primer ejercicio del proceso
• Abril a Junio’23 (aproximado): Curso selectivo
• Julio-Septiembre: segundo ejercicio del proceso
• Octubre: Finalización del proceso
El proceso se dividirá en dos fases, que se han definido en las Jornadas, a la espera de que las bases de la convocatoria pormenoricen la letra pequeña del mismo.
↗️ Primera Fase del proceso
Habrá un ejercicio, tipo test, obligatorio y eliminatorio, con dos partes:
• 1º: test sobre conocimientos teóricos del temario, con 160 preguntas
• 2º: test sobre conocimientos prácticos del temario, con 40 preguntas
Ambas partes serán el mismo día (teórico por la mañana y práctico por la tarde), y el ejercicio supondrá el 50% de la nota del proceso: un 25% cada una de las partes.
Superarán la primera fase tantas personas como plazas se hayan convocado más un 10% adicional, para que de esta forma (al haber más aspirantes que plazas) la segunda fase sea realmente selectiva.
Ello supone que no se supera el primer ejercicio con un “5 sobre 10” en el examen, sino que lo superarán las 88 notas más altas en el caso del A1-01 (y las 77 en el caso de A1-06)
↗️ Segunda fase del proceso
Habrá un curso selectivo de formación, con una duración aproximada de 4 meses, que se compondrá de clases prácticas presenciales (1 mes) más una formación práctica en entorno de trabajo (3 meses).
Este curso tendrá un régimen de asistencia pero no supondrá una calificación, únicamente el aspirante será apto / no apto tras el mismo; su objetivo es preparar a la persona para la realización del examen práctico.
A modo de ejemplo, en el A1-01 las personas aspirantes rotarán por las Consellerias para ir trabajando en el entorno real en los aspectos claves de las funciones de dicho Cuerpo: contratación, subvenciones, gestión de personal, gestión económica, etc
Mientras se realiza el curso, las personas aspirantes serán nombradas funcionarios/as en prácticas, con la retribución que les corresponda por tal condición según la normativa.
Tras el curso, habrá un segundo ejercicio que, a su vez, tendrá dos partes:
• 1º parte sobre competencias generales, obligatoria pero no eliminatoria, en que las pruebas podrán ser dinámica de grupos, entrevistas conductuales estructuradas, etc.
• 2º parte sobre casos prácticos, obligatoria y eliminatoria, donde se tendrá que resolver uno o varios casos, directamente relacionado con el curso selectivo
Este segundo ejercicio supondrá un 50% de la calificación de la persona aspirante: un 10% las competencias generales, y un 40% la resolución de casos prácticos.
Por tanto, el contenido práctico de las pruebas supone el 65% de la nota final (un 25% en el primer ejercicio y un 40% en el segundo), y la GVA innova al incluir, por primera vez en unas oposiciones, las competencias generales.
↗️ Final y Evaluación
Finalmente, superarían el proceso sólo tantas personas como puestos haya a cubrir en la oferta (o incluso menos si no han superado el mínimo exigido en las pruebas eliminatorias), que serían nombrados personal funcionario de carrera.
Aquellas personas que hubieran llegado a la segunda fase pero no obtuvieran plaza, en futuras convocatorias de este tipo podrían pasar a la segunda fase directamente, “convalidándose” el haber superado el primer ejercicio.
Tras la finalización del programa piloto, desde la GVA se realizará una evaluación comprobando la evaluación del desempeño del personal que superó el mismo, para determinar las fortalezas y debilidades del programa y la validez predictiva del mismo.
📝 Resumen
El contenido exacto del programa piloto (incluyendo los temarios, perfiles de los puestos, capacidades generales a evaluar, etc) se detallará en las bases de cada convocatoria, que se conocerán las próximas semanas.
El proceso supondrá:
• Primer examen con 2 partes sobre un temario: 160 preguntas test teóricas (valor: 25% nota) y 40 preguntas test prácticas (valor: 25% nota)
• Superan el examen las X notas más altas (X = puestos a cubrir más un 10% adicional)
• Curso de formación selectivo con nombramiento como personal funcionario en prácticas (duración aproximada de 4 meses)
• Segundo examen con 2 partes: competencias generales (valor: 10% nota) y casos prácticos (valor: 40% nota)
20 septiembre 2022
MJ: Seis Consejos para preparar un recurso adtvo
Desde el equipo de comunicación de UGT Serveis Públics GVA inauguramos esta “sección” en la página para fomentar la formación y conocimientos del conjunto de personas empleadas públicas, en defensa de vuestros derechos y condiciones de trabajo.
Esperamos que te sea útil, y estaremos
más que encantados de recibir propuestas y generar debate.
Martes jurídicos (I): Consejos para elaborar un recurso administrativo.
Preparar un recurso en vía administrativa puede resultar complejo y llenarte de dudas: ¿habré incluido todo lo que debo? ¿Y si me he dejado algo? ¿estoy contando bien los plazos?
En la práctica puede ser más
sencillo de lo que parece, y elaborar un recurso serte muy útil para defender
tus solicitudes y derechos. Si eres empleado público y estás leyendo esto, te
aseguramos desde ya que confiamos en tus capacidades.
En esta primera publicación de
nuestra nueva sección, te contamos algunas cuestiones comunes a todos los
recursos para evitar errores.
Cuando te llegue una carta certificada o entres en una web y te descargues una resolución, apunta bien el día. Con esa fecha podremos contar cuándo se acaba el plazo para recurrir lo que te hayan comunicado.
Además, puedes acortarte los plazos
guiándote por el día de la firma de la resolución. Por ejemplo: si el DG de
Función Pública firma una resolución de carrera el día 10, pero tú accedes a la
aplicación y te la bajas el día 20… El plazo acabaría el 20, y guiarte por el
10 te deja menos días para estudiar o preparar el recurso.
- · Si es un plazo por días, sólo pueden ser naturales si
dice expresamente que lo son; si no dice nada, son días hábiles; y son
inhábiles los sábados, domingos y festivos
- · Si es un plazo por meses o años, se cuentan de fecha a
fecha y acaba el día con el mismo número ordinal que el mes/año donde se ha
notificado; es decir, si accedes a una resolución el 20 de septiembre y tienes
un mes, acabará el 20 de noviembre
- · Si en el mes donde acaba el plazo no hay día con ese
ordinal, acaba el último día del mes; es decir, los plazos de un mes tras
notificaciones el 30 o 31 de enero acaban el 28 de febrero (29 en año bisiesto)
- · Si acaba en un día inhábil, se prorroga hasta el
primer día hábil siguiente
2: Deja claro lo que ocurre (hechos)
y lo que pides (pretensión)
A todos nos suena la típica estructura de “Hechos, Fundamentos de Derecho y Solicito/Recurro”, pero no es necesaria; la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo, indica que “el error o la ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter”, por lo que debe quedar claro que se está impugnando un acto administrativo.
Puedes usar la fórmula clásica, una
de “Expone…. Solicita….”, llamar al escrito “Alegaciones”; o la que te sea más
cómoda.
1º El acto administrativo que se
impugna (la resolución que te has bajado de la carpeta ciudadana, el listado
publicado en la web, el acto publicado en el DOGV)
2º La razón por la que se impugna,
es decir, aquel motivo por el que ese acto no es conforme a Derecho
3º Tu pretensión: qué es lo que
quieres conseguir con el recurso (que se anule la resolución, que se modifique
respecto a alguno de sus elementos, etc).
Otro ejemplo: solicitas trienios que
no te están pagando y devengaste en 2020, pero no pides los atrasos en tu
solicitud ni en el recurso; tras ello, no podrás solicitar en el Juzgado los
dejados de percibir que hayan prescrito.
Y un tercer ejemplo: recurres al
INSS pidiendo que te reconozcan la incapacidad permanente absoluta; el Juez
piensa que no mereces la IP absoluta sino la total, pero no puede concedértela,
ya que únicamente has pedido la absoluta.
3: No te preocupes de la
calificación del recurso
La propia Ley establece -como vimos
antes- que el error en la calificación del recurso no obstará para su
tramitación, así que si toca alzada y le has “llamado” reposición, o viceversa,
no se puede inadmitir ni desestimar por ello.
Además, ten en cuenta que los plazos
para presentar el recurso son los mismos en alzada y reposición: 1 mes si es
contra un acto expreso y sin plazo (“en cualquier momento”) si es contra el
silencio, así que la denominación tampoco afecta al plazo.
Sí afectará al plazo en que te hayan
de resolver (1 mes reposición, 3 meses alzada).
Se califica el
presente recurso como recurso de xxxxxxxxx (pon la calificación que hayas dado), considerando esta parte que dicha calificación es
la correcta y con la inequívoca voluntad de la persona interesada en recurrir,
teniendo por otro lado en cuenta que, en todo caso, “el error en la
calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su
tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter”, según indica el
artículo 115.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4: Si dudas, al órgano firmante del
acto.
1º Si tienes claro qué órgano es el
competente, dirígete al mismo
2º Si no lo tienes claro, sigue las
instrucciones del pie de recurso del acto administrativo (seguro que al final
del mismo hay un párrafo donde se lee que “este acto podrá recurrirse en alzada
ante la Secretaría Autonómica de X en el plazo de X meses y blablablá”)
3º Ante la duda, al órgano que firma
el acto que recurres
¿Y qué pasa si no hay órgano que
firma ningún acto?
Si hiciste una solicitud y nadie
respondió, y ahora recurres contra el silencio administrativo, no tienes órgano
firmante de ningún documento.
En tal caso, has de dirigir el
recurso ante el órgano a quien enviaste la solicitud ya que o es el competente
sobre esa materia, o debería haber resuelto manifestando su incompetencia.
5: Firma el recurso y pon tus datos
Es uno de los requisitos de forma, y
olvidarse de la firma y datos de la persona interesada que recurre puede hacer
que se inadmita, y cuando se quiera solucionar ya se te haya pasado el plazo.
El artículo 115 de la Ley 39/2015
establece como requisitos de forma:
1. La interposición del recurso
deberá expresar:
a) El nombre y apellidos del
recurrente, así como la identificación personal del mismo.
b) El acto que se recurre y la razón
de su impugnación.
c) Lugar, fecha, firma del
recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a
efectos de notificaciones.
d) Órgano, centro o unidad
administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación.
e) Las demás particularidades
exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas.
1º Identificación personal (nombre y
apellidos, o razón social de la persona jurídica y persona que la representa)
2º Lugar, fecha y firma
3º Medio y/o lugar para
notificaciones
Te damos un ejemplo de encabezado
que puedes usar:
Carmen Pérez García,
mayor de edad, provista del DNI número 00000001A, en calidad de empleada pública
de la Administración de la Generalitat, aceptando expresamente la notificación
por medios electrónicos y designando el correo electrónico berberechos@gva.es como medio para avisos
al amparo del artículo 41 de la Ley 39/2015, ante esa Administración comparece
y como sea más procedente en Derecho DICE:
6: Cuenta plazos (esta vez de respuesta)
Una vez presentado un recurso, la Administración tiene siempre obligación de responder al mismo; pero es posible que tarde mucho en hacerlo -o nunca lo haga, aunque eso es un incumplimiento flagrante-.
Este plazo se cuenta desde la entrada del recurso en el registro de la
Administración competente para resolver (en caso de que lo hayas hecho a través
de un trámite Z en la GVA, y si es cualquier órgano de la GVA el competente,
desde la misma presentación).
Una vez presentado, existen dos posibilidades:
En tal caso, tendrás una serie de posibilidades; Si lo han estimado ya ha
logrado su objetivo, y si no lo han hecho -o lo estiman sólo en parte- podrás
seguir impugnando. En tal caso, la regla general es recurso contencioso en el
plazo de dos meses.
Entonces, puedes interponer recurso contencioso-administrativo, y no hay plazo para ello; ya que si la Administración incumple su obligación de resolver no comienza a correr el plazo para ir al Juzgado.
06 septiembre 2022
Bolsa APT-01-01-03 Fondos Europeos
En
esta entrada del blog, desde UGT Serveis Públics te informamos sobre todo lo
relativo a la bolsa 548-B. Cuerpo A1-01 superior de Administración y a la
agrupación de puestos de trabajo APT-01-01-03, de fondos europeos de la
administración de la Generalitat.
Diseño
del examen de la bolsa
La prueba selectiva,
que será única, consistirá a contestar por escrito a un cuestionario tipo test
de 50 preguntas, con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una de
estas será la correcta, que versarán sobre las materias relacionadas en el
anexo I.
La calificación de
la prueba será de 0 a 10 puntos, y se considerará superada si se obtiene una
puntuación mínima de 5 puntos. En el cuestionario se indicará la valoración
máxima de cada pregunta, considerándose todas iguales en caso de que no se
explicite, las contestaciones erróneas no penalizan y las contestaciones en
blanco ni puntúan ni penalizan.
ENLACE A TEMARIO (DESCARGA ZIP)
Desde UGT hemos elaborado para nuestras afiliadas y nuestros afiliados el temario en formato pdf para facilitar el tenerlo disponible en un mismo archivo (o bloque de archivos en este caso).
https://drive.google.com/file/d/1NYLosjyty0DiClYvZeNBlB0W39thE-S6/view?usp=sharing
En este enlace puedes descargarte el temario (son 5 archivos comprimidos en un zip), cuya contraseña como afiliado puedes solicitar a la delegada o delegado de tu centro, o habrás recibido por correo electrónico. Esperamos que te sea útil.
TEMARIO (enlaces a las normas)
1. Constitución Española: Títulos Preliminar, I, IV, VII y VIII
(capítulos Primero y Tercero).
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229
Título
Preliminar (artículos 1 a 9)
Título
I (artículos 10 a 55)
Título
IV (artículos 97 a 107)
Título
VII (artículos 128 a 136)
Título
VIII, Capítulos Primero y Tercero (artículos 137 a 139 y 143 a 158)
2. Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: Títulos
Primero, II, III, IV y V.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-17235ç
Título
I (artículos 1 a 7)
Título
II (artículos 8 a 19)
Título
III (artículos 20 a 48)
Título
IV (artículos 49 a 58)
Título
V (artículos 59 y 60)
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Títulos Preliminar, I, II, III, IV y V.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565
Título
Preliminar (artículos 1 a 2)
Título
I (artículos 3 a 12)
Título
II (artículos 13 a 33)
Título
III (artículos 34 a 52)
Título
IV (artículos 53 a 105)
Título
V (artículos 106 a 126)
4. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector
público: Títulos Preliminar y III.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10566
Título
Preliminar (artículos 1 a 53)
Título
III (artículos 140 a 158)
5. Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana:
Título I, Título III (capítulo I), Títulos VI y X.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-8880
Título
I (artículos 1 a 5)
Título
III Capítulo I (artículos 16 al 20)
Título
VI (artículos. 76 a 106)
Título
X (artículos 167 a 181)
6. Marco financiero plurianual y presupuesto de la UE.
Elaboración e instituciones implicadas. Métodos de ejecución del presupuesto.
La lucha contra el fraude y la protección de los intereses financieros de la
Unión Europea.
https://www.europarl.europa.eu/factsheets/es/sheet/29/marco-financiero-plurianual#_ftn4
https://www.europarl.europa.eu/factsheets/es/sheet/10/the-budgetary-procedure
https://www.europarl.europa.eu/factsheets/es/sheet/30/la-ejecucion-del-presupuesto
https://www.europarl.europa.eu/factsheets/es/sheet/28/los-gastos-de-la-union-europea
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, artículos:
https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00047-00199.pdf
Marco
financiero plurianual: 312
Procedimiento
presupuestario: 314
Ejecución
del presupuesto: 290 y 291, 317 a 319, 321 a 323
Gastos
de la UE: 310 a 325, 352
Lucha
contra el fraude: 310.6, 325, 287, 83.2, 86
Reglamento
2018/1046
https://www.boe.es/doue/2018/193/L00001-00222.pdf
Reglamentos
2020/2092, 2020/2093 y 2020/2094
https://www.boe.es/doue/2020/433/M00001-00010.pdf
https://www.boe.es/doue/2020/433/M00011-00022.pdf
https://www.boe.es/doue/2020/433/M00023-00027.pdf
Acuerdo Interinstitucional (AI) de 16 de diciembre de 2020 entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria
https://www.boe.es/doue/2020/433/M00028-00046.pdf
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80893
Atención: este Reglamento tiene 548 páginas
en pdf, aunque el texto articulado del mismo son las primeras 93 (el resto son
anexos).
8. Los reglamentos
comunitarios por los que se establecen disposiciones específicas para el Fondo
Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo Social Europeo Plus. Reglamento (UE)
2021/1058, de 24 de junio, de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y al Fondo de Cohesión. Reglamento (UE) 2021/1057, 24 de junio de
2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80891
Reglamento 2021/1057:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80890
9. El enfoque de la
información, comunicación y visibilidad y las medidas efectivas y
proporcionadas contra el fraude en la gestión del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y del Fondo Social Europeo. Reglamento (UE) 2021/1060, de 24 de junio,
de 2021.Reglamento (UE) 2018/1046, de 18 de julio, de 2018, sobre las normas
financieras aplicables al presupuesto general de la Unión. Guía EGESIF_14-0021-00 de 16 de junio de 2014, de
Orientaciones para los Estados miembros y las autoridades del Programa
sobre la Evaluación del Riesgo de Fraude y medidas contra el fraude eficaces y
proporcionales.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80893
Atención: este Reglamento tiene 548 páginas
en pdf, aunque el texto articulado del mismo son las primeras 93 (el resto son
anexos).
https://www.boe.es/doue/2018/193/L00001-00222.pdf
https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00047-00199.pdf
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80893
https://www.boe.es/buscar/pdf/2016/BOE-A-2016-12485-consolidado.pdf
https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00047-00199.pdf
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2013-82949
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2014-81403
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52016XC0719(05)&from=ES
https://www.boe.es/doue/2021/057/L00017-00075.pdf
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-17340
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=DOGV-r-2021-90145
https://dogv.gva.es/datos/2021/10/15/pdf/2021_10337.pdf
13. El Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Documentos de aprobación:
Decisión y Acuerdo Operativo. Estructura del plan y definiciones: políticas
palanca, componentes, medidas y reformas e inversiones. Gobernanza
interadministrativa y calendario de aplicación. Órdenes ministeriales
HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre. Jerarquía de gestión.
Implicaciones para la gestión y ejecución de fondos de recuperación a nivel
autonómico.
https://planderecuperacion.gob.es/documentos-y-enlaces
https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/com_322_1_es.pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/30/pdfs/BOE-A-2021-15860.pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/30/pdfs/BOE-A-2021-15861.pdf
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-81700
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